2009

El IETU

sat Cuál fue la sorpresa al abrir el sobre que acababa de dejar el cartero en mi casa. Lo abro y veo que es del SAT (de Hacienda) yo pago mis impuestos con regularidad y sin atrasos. De repente veo las palabras multa por casi 9 mil pesos. Queeeeeeeeeeeeee.

Pero pago a tiempo mis pagos provisionales y hago mi declaración anual año con año. Siempre he evitado las deudas y la morosidad con Hacienda. Y leo lo que dice y no lo puedo creer, me hice acreedor a esa multa por no declarar el IETU (Impuesto Empresarial a Tasa Única) y SIENDO QUE NO SOY EMPRESA NI PERSONA FÍSICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL sino soy persona física con actividades profesionales. Soy profesor de una universidad privada que genero al mes por clases poco más de 3 mil pesos promedio. Y como dice el impuesto del IETU. Impuesto Empresarial y no soy empresa, HAZME EL CHINGADO FAVOR y me hice acreedor a una multa a cerca de 9 mil pesos. Si hay algún contador y/o abogado fiscalista entre los compañeros blogueros qué me aconsejan?

Cortesía de El Vengador

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  • http://www.metroflog.com/LeSLie_JoY LeSLie

    Oigan, yo acabo de hacer mi declaracion anual del 2007 en ceros y mi contador me dijo que ya habia quedado y que no habia ninguna multa porque estaba en ceros, es vdd?? Porque no tenia entendido q si tenia que pagar algo por no presentarla a tiempo pero no me llego ningun requerimiento y asi =$

  • Sergio Peregrina

    ahora aparte de las obligaciones que te dije ( por que esas obligaciones son mensuales)
    te obliga la presentacion de la declaracion anual, si eres persona fisica en el mes de abril, si eres persona moral en el mes de marzo…
    te obliga la declaracion informativa multiple en el mes de febrero, si le facturas a persona moral, debes de tener retenciones de isr e IVA asi que debes de pedir tu constancia de percepciones y retenciones si es que quieres pedir devolucion de esos impuestos…
    por que si no la pides, te la vas a pelar con esas retenciones…

    Insisto.. este señor nunca dijo que tuviera contador…
    asi que por favor calladitos se ven mas bonitos…

    Si te llego un requerimiento de verdad y no lo recibiste TU… ya la hiciste y es perfectamente impugnable, por la simple razon de que:

    “Todos los requerimientos deben de ser recibidos en persona por el representante legal o persona fisica marcada en el requerimiento y son intransferibles”
    Por lo tanto lo que tienes que hacer ahi es esperar a que llegue la multa que se tarda de 3 4 semanas, y luego meterlas a juicio de nulidad… y pase lo que pase… jamas acudas al sat TU a pedir la multa… por que seria aceptacion por parte tuya del imcumplimiento de la obligación…

    Por ultimo… lo que nadie dijo y que todos se fueron como borregos de la manera mas idiota…

  • Sergio Peregrina

    como decia… lo que nadie dijo y que todos se fueron como borregos de la manera mas idiota… es que el sat esta girando requerimientos aun cuando ya hayas presentado la declaracion… por que el sistema arroja las multas de manera sistematica… escoge aleatoriamente letras del RFC y manda a cierto numero de contribuyentes requerimientos igualitos.. exigiendo los mismos meses y las mismas obligaciones,…
    en este caso del ietu han estado saliendo requerimientos por los meses de julio agosto septiembre.. y otros mas por los meses de octubre y noviembre

    el punto es que le preguntes a tu contador si ya estaba presentada la informativa que te estan requiriendo.. y si es asi, simplemente no recibas ninguna multa ni firmes de recibido… cuando te llegue la multa efectivamente vas al sat y haces la aclaración y te la dan por revocada… por que la obligacion de la multa se extingue por ser posterior a la presentacion de la declaracion….
    y el ultimo consejo y mas importante:

    SI TE LLEGA UN REQUERIMIENTO EL DIA 15 DE ABRIL DE 2008 ( POR DECIR UNA FECHA)

    PUEDES PRESENTAR LA OBLIGACION ESE MISMO DIA Y ECHAS PARA ABAJO LA MULTA… SIMPLEMENTE POR QUE EL REQUERIMIENTO SURTE EFECTO AL SIGUIENTE DIA HABIL DE HABER SIDO RECIBIDO…

    OK? ESPERO QUE MI INFORMACION TE SIRVA… y todo esto te lo digo, para que toda la bola de weyes que nada mas abrieron el hocico sin saber y criticando a los contadores,

  • Sergio Peregrina

    se den cuenta que las multas llegan, aun cuando tu contador te presente todo en tiempo y forma…
    y sobre todo a esa GRAN abogada que dice que somos unos ignorantes…

    una pequeña catedra para usted… por que muchos abogados aparte de ratas, ya simplemente por ser abogados sienten que son unos expertos en fiscal…
    saludos… de parte de un contador que no es abogado…
    y que si sabe lo que hace…

  • Sergio Peregrina

    para la persona que presento su declaracion en ceros…
    yo te recomiendo que cuando la presentes le pongas a pagar un peso… ya que si la presentas en ceros, solo tienes derecho a presentar dos complementarias mas, y si la pones con un peso a pagar… pues puedes presentar las complementarios que te den la gana…

    si la presentaste en ceros y te salia a pagar… lo que puede pasar es que te puede llegar por parte de finanzas una correcion fiscal… con las multas y creditos fiscales correspondientes…
    Saludos

  • Sergio Peregrina

    para la persona que presento su declaracion en ceros…
    yo te recomiendo que cuando la presentes le pongas a pagar un peso… ya que si la presentas en ceros, solo tienes derecho a presentar dos complementarias mas, y si la pones con un peso a pagar… pues puedes presentar las complementarios que te den la gana…

    si la presentaste en ceros y te salia a pagar… lo que puede pasar es que te puede llegar por parte de finanzas una correccion fiscal… con las multas y creditos fiscales correspondientes…
    Saludos

  • Sergio Peregrina

    si presentaste la anual del 2007 te falta la anual del 2008… hay veces que solo se presenta en ceros para cumplir con la obligacion… y nosotros los contadores las presentamos en ceros por que nuestros clientes no tienen su documentacion en orden y traen un desmadre…
    entonces lo hacemos para salir del paso y que no les llegue multa en lo que el contribuyente gana tiempo para que nosotros le corrijamos su desmadre o dinero para pagar la obligacion…. presentando la declaracion ya sea en ceros o a pagar… se da por presentada y la obligacion cumplida…
    y no te puede llegar multa por obligacion omitida… lo unico que te puede llegar en su caso es una correccion fiscal…. de acuerdo a los datos que hayas presentado en tus enteros provisionales y tus informativas mensuales…
    pero por lo menos tienes unos dos años para que te llegue la correccion fiscal… pues en finanzas del estado apenas estan llegando correciones fiscales por las anuales del 2006…. asi que echale cuentas

  • http://www.metroflog.com/LeSLie_JoY LeSLie

    Ok ps muchas gracias Sergio me sirvio mucho tu informacion!!!
    Y pues uno que no sabe nada de contabilidad luego le quieren ver la cara…
    Saludos^^

  • Sergio Peregrina

    De nada.. pero ya sabes hay cada guey que abre el oceano nomas por abrirlo
    citemos las palabras de un guey que anda por aqui

    Se que te puedes amparar contra el pago de impuestos indebidos, ve a un abogado y amparate en lo que resuelves la situación con hacienda

    1.-”Se que te puedes amparar contra el pago de impuestos indebidos”
    R.- Ahhh…. pues si que eres inteligente… aqui ni hubo pago ni es indebido… es multa por obligación omitida.. G U E Y

    2.-”ve a un abogado”
    R.- Ahhh!!! Ve a un abogado… Ni que fuera lugar; deberias de haber dicho: Ve con un abogado… G U E Y

    3.-”ve a un abogado”
    R.-Como eres guey… una abogado no lo resuelve.. tiene que ser un abogado fiscalista G U E Y

    4.- “y amparate en lo que resuelves la situación con hacienda”
    R.- Como se va amparar contra una multa? no seas guey… se mete a juicio de nulidad… pero no se puede amparar G U E Y
    R 2.- Desde el momento en que presenta la obligacion en el portal del banco o el SAT voluntariamente, da por aceptada la obligacion… G U E Y

    si bien decia un amigo… “Lo malo no es ser guey… lo malo es presumirlo…

    Ya no abras el hocico a lo guey, compadre nomas haces puros osos…

  • araceli

    no te asustes es solo una finta al despacho donde trabajo llegaron varias multas pero es solo para asustarte y q sepas q es lo q puede pasar si te atrasas jeje trucha mira lee en la parte donde dice algo asi como una muestra y ahi dice q ondas lo mejor es q consultes a hacienda es mejor pon tu nimero de requerimiento y ahi aparece si si o no sale
    a mi casi se me sale el gansito por ver una multa de casi 9,000

  • LUCERO

    hola yo te puedo ayudar la multa que te llego es de caracter ilustrativo porfavor fijate alreverso de la multa y solo te esta advirtiendo que si no haces las declaraciones de los listados de LIETU (SON LAS QUE INFORMAS LAS BASES DE CALCULO DEL IETU) Y EL LISTADO DE DIOT (OPERACIONES CON TERCEROS) esa multa en realidad te podria llegar. EN CASO DE QUE ME PUEDAS FAXEAR TU MULTA O LA HOJA Q TE LLEGO Y FUERA REAL YO TE PUEDO AYUDAR A QUE TE CONDONEN UN 90 % NO TE DESESPERES .

  • Florecita_Rockera

    Ay sergio, ya tuviste tus 5 minutos de fama, por fin saliste de ese oscuro y pestilente rincon en donde todos ignorabamos tu existencia, para gritar “aqui estoy!!!” jajajaja

    Que pena que estes tan amargadito como para no tolerar una broma que ni es contigo…

    Me llena de alegría saber que nos puedes iluminar con tu sabiduria infinita a nosotros, simples mortales que vivimos en éste valle de lágrimas atormentados por lolita.

    A ver cuanto te tardas en burlarte de todos y cada uno de los comentarios que muy amablemente han escrito los participantes… seguro no tienes cosas que hacer, o trabajo.

    Y como realmente me da flojera responder a los insultos a los abogados, ladra lo que quieras, al final de cuentas siempre van llorando a vernos cuando ya tienen el agua hasta el cuello jajaja.

  • Florecita_Rockera

    Por cierto, querido Sergio ya que muy amablemente nos ofreciste una magistral cátedra a cerca de IETU … me sorprende que cites el juicio de nulidad, ese juicio ya ni existe… coincido contigo, todos quieren para cualquier bronca un amparo, que pena que la chamba se nos va a terminar en ese aspecto, ya leyó la iniciativa para eliminar los juicios de amparo en materia fiscal?

    Y no se ponga roñoso, que es puro coto… yo trabajo con contadores, mi padre es contador, yo misma estoy en 1° semestre de contaduria…

  • Sergio Peregrina

    Guauuuu ya eres una experta en materia fiscal… y eso que vas en primer semestre…
    felicidades…
    el recurso administrativo de revocacion es uno y el juicio de nulidad, otro, el recurso de revocacion esta contenido en el codigo fiscal de la federacion, y se lleva a cabo en el tribunal de lo contencioso y administrativo…

    por otra parte…

    La Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en su artículo 11 establece las materias que podrán ser objeto de juicio ante las salas regionales de ese organismo, siendo las siguientes:

    1.- Materia Tributaria Federal en general.

    2.- Multas derivadas de Normas Administrativas Federales.

    3.- Pensiones y Prestaciones Sociales en Materia de Militares y Civiles cuando sean a cargo del Erario Federal o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    4.- Interpretación y Cumplimiento de Contratos de Obras Públicas.

    5.- Créditos por Responsabilidad contra Funcionarios o Empleados Federales.

    6.- Las materias señaladas en otras leyes, de acuerdo a la fracción XV, artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

    jajajaja o sea hablas de iniciativa??? una iniciativa se queda en inicativa, por lo menos le espera dos años, antes que sea aprobada… y si se aprobara en el remoto caso… la suben al codigo fiscal de la federacion… pero como la ley órganica esta por encima del codigo…
    pues ya para que te explico…

  • Sergio Peregrina

    si eres una expertas deberias de saber que:

    Los fundamentos legales para el juicio de nulidad son los mencionados 14, 16 y 17 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos 37 y 38 del códogo Fiscal de la Federación, así cómo, 1o., 2, 6, 12, 14 17, 24 y 51 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

    Se tramita primeramente el recurso de revocacion administrativa y si lo pierdes te vas al juicio de nulidad…
    Pero mire usted genio… el llevar a cabo el recurso de revocacion es decirle a la autoridad competente que de por hecho de que si pierdo el recurso de revocacion, tramitare el juicio de nulidad… ya que es la siguiente instancia…

    Entonces segun tu talento van a meter una iniciativa de ley para desaparecer el juicio de nulidad e ir en contra de la constitucion politica de los Estados Unidos Mexicanos??? si es la maxima ley en el pais??? jajajajajajajajajajajajajajajaja
    Van a ir en contra de la ley federal de procedimiento contencioso administrativo que tambien es ley???
    jajajajajajajajajajajajaja+
    Que tal si mejor te esperas a que pasen estos dos factores:

    1.- que la iniciativa la suban y la hagan realidad
    2.- ver si la suben a codigo o iniciativa de ley

    y si la suben a codigo…. pues… ya pa que te explico…
    y si solo se queda en iniciativa… pues tambien ya para que te explico…

  • Sergio Peregrina

    mija, aprenda a cargar y a abonar… cuando aprenda a hacer eso, y mas o menos tenga un curriculum decente, y deje de presumir que su papi es contador y presuma que USTED es contadora por su propio merito… hablamos…
    mientras tanto calladilla se ve mas bonita
    ok???

    Y le recuerdo que no soy contador.. soy abogado… y ni siquiera estaba arremetiendo contra usted… usted se apunto solita…
    estaba arremetiendo contra aquellos que dicen que los contadores somos una lacra necesaria, por que los contribuyentes no quieren pagar ni impuestos ni multas, traen un desmadre y si pasa una bronca nos la quieren adjudicar…
    quieren pagarnos poco y encima contratan a puro pasante o tecnico en contabilidad.. y ya cuando traen una mega bronca, van a llorarnos y encima quieren que los saquemos de la bronca por una miseria de dinero…

    este post nada mas fue para decirle que con la misma amabilidad que Luis Art fue a tocarnos la puerta y criticar a la pagina de enfrente, yo le respondo de la misma manera caballerosamente, diciendole que aparte de retrograda es un intolerante hacia lo que pasa en pleno siglo XXI

    por lo menos en la pagina de enfrente no somos tontos para tener patrocinadores y luego tirarles calabaza a 10 cms de su banner

    jajaja

    Buenas noches…
    Y Saludos cordiales… de la pagina de enfrente….

    Por que aqui si venimos los de enfrente y damos la cara.. y respondemos de frente y no andamos de maricas posteando con “anonimos”

  • Sergio Peregrina

    uy perdon… me madree solo… ni lo mande Dios,,, no soy abogado… soy contador… yo si soy gente decente

  • Sergio Peregrina

    y tambien pa que me veo intolerante… hay abogados que no son lacras… hay abogados muy decentes…
    lastima que sean tan pocos…

  • http://lawaloca.com su padre

    Lopez obrador eliminaria los impuestos
    Lopez obrador traeria a metallica gratis
    Lopez obrador te daria un wawis gratis

  • http://lawaloca.com su padre

    pinches abogados y contadores ambos valen pa madres

    atte: un economista XD

  • http://lawaloca.com un pinche economista

    pinches contadores y abogados ambos valen pa pura madre

    ATTE: un economista XD

  • Hijos de puta

    economista?

    jajajaja que pendejo jajaja rependejete

  • http://www.myspace.com/echoesindistortion Panxorreao

    comentario #83….

    no es mi intencion ofender, pero tu sola te das en la madre….

    no puedo creer que digas que te chutas el codigo fiscal todos los dias y digas pendejadas tan grandes como estas…..

    no…. simplemente no……

    HAZME EL CHINGADO FAVOR!

  • Isra Castillo

    Yo en mi muy humilde opinión y basandome en todos los comentarios que leo aqui,,,, y en mi basta experiencia sobre esto,,, te dire que,,,,:

    Huye del país compadreee
    te cargo el payaso!!!

    jojojojo

  • sanguino

    tas adentro. pero el jelipe acaba de anunciar que si te pones al dia te perdonan las multas.

  • Javier fortanelli Ortiz

    E simple amigo, trabajo en un despacho de abogados fiscalistas, por lo que puedo decirte lo conducente, sobre dicha multa, debes acudir con un abogado fiscalista, el deberá presentar un recurso de revocación, que es el medio de defensa inicial que se interpone ante el SAT, argumentando la ilegalidad de la multa, este proceso durara al rededor de unos 20 días, despues de ser necesario acudira ante el tribunal fiscal y ahí tu juicio podra durar unos 6 meses, durante ese lapso se suspende cualquier accion de cobro, por parte del SAt, en tanto no se resuelva el juicio, un abogado fiscal te estara cobrando aprox el 205 del monto de la multa que si lo analizas resulta bastante mas comodo que pagar los 10,000 de sanción. si requieres mayor información te paso mi mail.

    lic.javierfortanelli@gmail.com

  • Veracruzanita

    a mi lo que se me hace raro es esto… “Soy profesor de una universidad privada que genero al mes por clases poco más de 3 mil pesos promedio” $3,000 ???? ni un profe de escuela pública gana eso, menos en una privada!! Se lo merece por tratar de engañar a SAT

  • OSKAR

    VERACRUZANITA se ve q no sabes lo jodido q estan los salarios de los maestros nuevos en todas las universidades ya sea publicas o privadas si el maestro gana 3mil es por q da 12 horas a la semana yo gano 5000 por 18 horas en una publica y es un sueldo de miseria.
    Pero sigan cooperando para el TELETON para el kilo de ayuda, el compu redondeo y todas las mamadas q generan para q las grandes coorporaciones deduzcan impuestos y nosotros les ayudemos para tal tarea, los impuestos son un robo puesto que el dinero recaudado no se usa con equidad, se despilfarra para rescatar a los banqueros para los politicos para obras publicas que cuestan la mitad de lo que dicen q cuestan y para muchas otras cosas q ni se imaginan y que podemos hacer?

  • Carlos

    Hola, buenas tardes, soy estudiante de derecho de 8vo semestre (ya casi por recibirme) y usted lo que necesita es hacer un “recurso de revocacion” ante esta multa que le ha impuesto el SAT, en clases hemos visto este trecurso, ante que procede y cual es el termino para interponerlo; si le interesa yo puedo hacer dicho recurso sin ningun costo es solo para ayudarl a usted ante las multas que impone este “burocratico” pais.
    Cabe señalar que su caso encuadra a la prefeccion con le que he visto y estudiado en mi calse de Procesal Fiscal es por eso que le dejo mi correo por si gusta contactarme: elcuatrojos2@hotmail.com

  • La peke

    Woooow, Este es de los pocos post donde veo que discuten sobre el tema y no hacen un chat de tonterias, ahora si lo leí todito!!!,
    Sergio Peregrina, de donde es usted?, tiene algún correo donde lo pueda contactar?. yo pienso abrir una loncheria pero primero me gustaría asesorarme.

    Saludos a todos!

  • Cesar

    Hola, yo tambien soy contador, antes de que vayas al SAT a hablar, asesorate con un buen contador, ya que muchas de las multas por conceptos de IETU, LISTADO DE CONCEPTOS PARA CALCULAR EL IETU, DIOT, NO ESTAN BIEN FUNDAMENTADAS, y por lo tanto no son legales, una buena leidita con ley en la mano y hasta puede pasar que su multa se encuentre en las mismas y no proceda, y no la tengas que pagar!!!!!!

    suerte!!!

  • M i c h i m a l o n c o

    Les recomiendo una buena contadora, pueden contactarla al correo marad_dj@hotmail.com.

  • jesus

    hola

    lo siento
    pero si tienes que pagar, el artículo 1o. de la LIETU dice:

    Artículo 1. Están obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única, las personas físicas y las morales (NO DICE PRESONAS FISICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIAL, SOLO DICE PERSONAS FISICAS) residentes en territorio nacional, así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, por la realización de las siguientes actividades:

    I. Enajenación de bienes.

    II. Prestación de servicios independientes. (TU COMO PROFESOR DE UNIVERSIDAD, PRESTAS UN SERVICIO INDEPENDIENTE)

    III. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

    Los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país están obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única por los ingresos atribuibles a dicho establecimiento, derivados de las mencionadas actividades.

    El impuesto empresarial a tasa única se calcula aplicando la tasa del 17.5% a la cantidad que resulte de disminuir de la totalidad de los ingresos percibidos por las actividades a que se refiere este artículo, las deducciones autorizadas en esta Ley.

    Y si lo se, es ambiguo que el nombre del impuesto sea EMPRESARIAL, pues tambien grava a personas que no tienen actividades empresariales.

    pero el hecho es que efectivamente tendras que pagar un impuesto.

    mi correo es cucrcsps@hotmail.com

  • Sergio Peregrina

    Ahhhh pero es que les falta el gran secreto!!!
    como el ietu en el 2008 solo se subio al codigio fiscal de la federacion, y no fue iniciativa de ley, el ietu es ilegal e inconstitucional por el ejercicio del 2008
    asi que no estan obligados a pagarlo… lean mas detenidamente los fundamentos de ley y codigo que señale mas arriba… y se daran cuenta que efectivamente el ietu solo es obligatorio a partir del 2009

    Florecita rockeraaaaaaa donde estaaaaas?
    Pues no que muy fregona??? que poco aguantas mija…
    pero no se preocupe… le pasé 3 de mis 5 minutos de fama que usted me concedió… con esos GRANDES conocimientos de fiscal que tienes te espera una brillante carrera… pero de barrendera…

    Le recomiendo que no se quiera comer el mundo en primer semestre… primera regla… respete a los que tienen mas jerarquia y estan graduados desde hace algunos añitos… y no sea soberbia al pensar que por que apenas esta empezando a cargar y abonar, ya conoce el codigo y la ley… deberia de empezar por saber que ningun codigo o ley incluso se puede sobreponer a la constitucion politica de los Estados Unidos Mexicanos.
    espero que su “papi” no le haya dicho semejante aberracion de que el juicio de nulidad ya no existe…
    Le puedo asegurar que incluso a veces como contadores le decimos como hacer las cosas a los abogados… e incluso a los notarios públicos, sobre todo en la elaboracion de actas constitutivas de donatarias,
    Los notarios no tienen ni idea (cont)

  • Sergio Peregrina

    de los fundamentos legales que debe de llevar una acta constitutiva para efectos de que el SAT no rechace una solicitud para ser donataria autorizada

    Peke claro que si puedes contactarme en el siguiente correo

    sergioeperegrina@gmail.com

    Les paso los siguientes tips

    1.- nunca reciban por parte del SAT un requerimiento o multa donde firme el interesado legal o representante legal, de esa manera el requerimiento o multa es impugnable y podra revocarse mediante recurso administrativo de revocacion o juicio de nulidad en 2a instancia
    2.- mucho menos si les llego el requerimiento, acudan al sat a pedir la multa y firmarla de recibido…
    3.- si les llego el requerimiento, este es impugnable hasta tres o cuatro semanas despues, que les llega la multa
    3.- El SAT manda requerimientos aleatoriamente.. no se asusten… a veces la obligacion esta presentada.. pero al sat le encanta el terrorismo fiscal
    4.- siempre presenten sus declaraciones informativas del diot y ietu… aunque sea en ceros
    5.- LAS MULTAS DEL DIOT Y DEL IETU LLEGAN POR OBLIGACION OMITIDA, PERO JAMAS LLEGA UNA MULTA PÓR QUE LOS DATOS CONTENIDOS ESTAN INCORRECTOS… ES IMPOSIBLE QUE AMARREN LOS NUMEROS… MANDENLAS EN CEROS, SI LES LLEGA REQUERIMIENTO PRESENTEN COMPLEMENTARIA, Y TAN TAN
    6.- LOS QUE ESTEN POR HONORARIOS Y ARRENDAMIENTO PIDAN SUS CONSTANCIAS DE PERCEPCIONES Y RETENCIONES… DE OTRA MANERA SI TIENEN RETENCIONES A FAVOR, NO PODRAN SOLICITAR SU DEVOLUCION ANTE EL SAT

  • Sergio Peregrina

    7.- Aunque el ietu no es obligatorio y ademas inconstitucional en el ejercicio 2008, quitate de broncas y mandalas en ceros por el ejercicio 2008, te ahorraras mucho tiempo y dinero evitando multas y recursos de revocacion y jucios de nulidad ( SIII de esos que dijo la florecita que ya ni existen)

    Por lo menos a mi no me ha tocado que le toque revision a una persona moral o fisica cuando no excede de un millon de pesos de ingresos al año.

    llevar en orden su contabilidad no es dificil.. con mucho gusto a los que lo necesiten les puedo mandar un pequeño manual que diseñe para las personas que estan por abrir un nuevo negocio y no saben nada de como llevar una contabilidad en forma y orden y mucho menos si quiera que requisitos deben de tener las facturas y como hacer sus pagos a proveedores y llevar una chequera…
    es un manual muy sencillo y creanme que las personas que lo han llevado a cabo, y lo tienen como biblia,
    han sabido ordenarse y dormir tranquilos por perderle el miedo al SAT
    (le diria lolita pero se oye muy naco)
    Saludos y que esten bien
    SEP

  • Florecita_Rockera

    Sergio Peregrina:

    Es una pena que alguien que tenga tantos conocimientos, no sepa leer cuidadosamente un comentario y lo menciono por aquello de que “Entonces segun tu talento van a meter una iniciativa de ley para desaparecer el juicio de nulidad e ir en contra de la constitucion politica de los Estados Unidos Mexicanos??? ” Quisiera saber en que momento mencioné que desapareceria el juicio de nulidad??? yo comenté de la iniciativa para desaparecer el juicio de amparo en materia fiscal !!!!!!!!! ademas solo le pregunté su opinión. :(

  • Sergio Peregrina

    florecita.. afirmaste que el juicio de nulidad ya no existia!!!!

    ya mejor dejalo asi… en serio.. ya no le arregles, la dejas peor…

    Comentario 137 Florecita Said: Quisiera saber en que momento mencioné que desapareceria el juicio de nulidad??? yo comenté de la iniciativa para desaparecer el juicio de amparo en materia fiscal !!!!!!!!! ademas solo le pregunté su opinión. :(

    Comentario 113 Florecita Said: Por cierto, querido Sergio ya que muy amablemente nos ofreciste una magistral cátedra a cerca de IETU … me sorprende que cites el juicio de nulidad, ese juicio ya ni existe… coincido contigo, todos quieren para cualquier bronca un amparo, que pena que la chamba se nos va a terminar en ese aspecto, ya leyó la iniciativa para eliminar los juicios de amparo en materia fiscal?

    Comentario 123 Panxorreao Said: comentario #83….no es mi intencion ofender, pero tu sola te das en la madre….

    no puedo creer que digas que te chutas el codigo fiscal todos los dias y digas pendejadas tan grandes como estas…..

    no…. simplemente no……

    HAZME EL CHINGADO FAVOR!

    Comentario 79 Florecita Said: Hola, soy abogada fiscalista … y a mi, generalmente, me tocará arreglar los desmadres que hace un contador (y eso que los de la mala fama, somos nosotros) y siento decirte que te llevaron al baile, que tu contador se provecho de tu inocencia o a el tambien le vieron la cara de inocente o paso de noche su licenciatura, el pedo es que no leyó ni el primer che articulo de una ley hecha con las nalgas, ni modo.

  • Sergio Peregrina

    Comentario No. 83 Florecita Said: #47 Panxorreao ah chinga! a poco procede la revocación o el contencioso admvo. (el de nulidad ya ni existe) pues cuando hicieron reformas que yo ni me entere y eso que casi diario a … fuerzas me chuto mi agenda fiscal…

    y asi das asesorias?

    DOS VECES AFIRMASTE QUE EL JUICIO DE NULIDAD YA NO EXISTIA

    Te seguimos balconeando Florecita o prefieres mejor quedarte calladita?

  • Florecita_Rockera

    dije q el juicio de nulidad ya no existe y es verdad, ahora es el procedimiento contencioso administrativo, q es la misma gata nada mas q revolcada, pero el juicio de nulidad desaparecio como tal.

    y por otro lado mencione la propuestaaaaaaaaaaaaaaaaaa de desaparecer el juicio de amparo en materia fiscal !!!!

  • Sergio Peregrina

    Y dale!!! el juicio de nulidad es segunda instancia florecita no seas necia…
    la primera instancia es el recurso de revocacion, y en segunda instancia juicio de nulidad
    son procedimientos completamente diferentes
    Primero afirmas dos veces que el juicio de nulidad ya no existe… luego dices que jamas afirmaste que desaparecerian el juicio de nulidad, otra vez afirmas que siempre si que ya no existe..
    Ya no sabes no que decir… como avestruz ve y escondete en un agujero…

    No hay procedimiento contencioso administrativo
    jajajajajajaja
    el recurso de revocacion se tramita ante el TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO Y ADMINISTRATIVO, Asi como el juicio de nulidad se tramita ante el mismo tribunal, que es el encargado de resolver las disputas entre gobierno y particulares.

    Florecita en serio…. ya callate… por sabihondos como tu, los abogados tienen fama de ineptos y soberbios…

    El juicio de amparo es imposible que lo desaparezcan, porque atenta contra tus garantias individuales,

    y tus garantias individuales estan contenidas en la constitucion politica de los Estados Unidos Mexicanos… maxima ley en ese pais…

    Por favor Floripondia en buen plan y ya de cuates, da pena ajena que te balconees de esa manera, en serio ya deja de decir tanta tonteria…

    cuando vayas en 8 semestre mas o menos tendras poquita conciencia de lo que hablas… ubicate… vas en primer semestre!!!

  • Contador, Licenciado Fiscal, y Administrador

    Sergio Peregrina y Florecita Rockera

    Deberian callarse los dos, he encontrado en ambos varias discrepancias, que no es el lugar para estarlas mensionando por que entonces confundiria mucho mas a los lectores de lo que ya los confundieron ustedes, ademas tendria que escribirles mucho mas de lo que el Sr. Peregrina ya escribio, ya que el Sr. Contador hizo publico su gmal por favor Srita. Florecita dele el suyo y contiendan ahi mientras tanto ambos deberian actualizarse.

  • Sergio Peregrina

    otro sabihondo….

  • Gil

    ay no.. eso de que con lopez obrador no existiria IETU.. ps tal vez no.. pero habria mas corrupcion.. y me mocho un huevo si no… osea.. si ahorita “ganando” lo que ganan los funcionarios hay corrupcion.. me imagino si les bajan los sueldos.. no mams… habria mas ratas que oxxos o seven

    y si… impuestos es la unica forma “legal” de quitarnos $$… pero digo.. para el 2010 (o 2020..) se terminara la tenencia ajajajaja

  • Alex

    Maestro, simple y sencillo, a mi me cobran el IETU, te cobran un porciento de aquello que no gastas, ejemplo ganas 3mil, y compruebas 1500 pesos en impuestos, pues bueno, los hijos de puta del gobierno te dicen que esos 1500 pesos que guardaste de lanita, tienes que darles un porcentaje, es una mamada lo se, pero si quieres chingarlos, deduce TODO aunque no este dentro de tu ramo, comidas, cafes, gasolina, la estetica de tu vieja, y metele gastos aunque no sean tuyos y llegas al tope de 3mil, si no hay ahorro, no hay IETU, asi mi contador lo esta haciendo.

    Saludos.

  • Pp

    Sergio Peregrina y Florecita Rockera, ya callense ambos estan mal, señor Sergio Peregrina, parele a sus ayudas fiscales porque en lugar de ayudar va a perjudicar. Yo soy Abogado Fiscalista y la mejor recomendacion que le puedo dar al señor es que se consiga un contador nuevo y vaya a pagar la multa que tiene, por la cual le haran un descuento y tenga mas cuidado para proximas ocaciones

  • Cuervo

    Quisiera llamarte amigo, sin embargo en esta ocasión te llamare “Victima de un Robo”, al igual que Tú, Yo también soy victima de este Robo así como miles de Mexicanos que mes a mes, año a año, Los Hijos de Puta de Hacienda y los políticos de mierda de este País, nos roban, por medio de sus mamadas que inventan en materia de Impuestos, Lo único que te queda es pedir una consulta ante este grupo delictivo que ha operado por años en nuestro País “SAT”, para ver de que forma te roban “Menos”, es decir, si te la pueden dejar mas “Bara”, y la otra consiguete un contador que no sea Tan Pendejo, espero que no sea familiar tuyo, y de serlo ni modo se le fueron las patas, pero efectivamente SI TE APLICA ESTE IMPUESTO, como te repito es una MAMADA Y ROBO EN TODA LA EXPRESION DE LA PALABRA….

    Saludos…si quieres te recomiendo a mi contadora, es muy buena.. al día de hoy no he tenido que pagar IETU, ojala siga asi, y nunca me llegue una notificaación de este tipo..Suerte con este hijos de la Gan Puta “SAT”..

  • Sergio Peregrina

    Pp en serio no voy a caer en sus provocaciones; por que si de verdad fuera abogado fiscalista no recomendaria pagar una multa por el ejercicio 2008 que es totalmente inconstitucional y que no tiene por que pagarla.
    Me sorprende que siendo abogado fiscalista aconseje que se pague una multa de este tipo cuando usted sabe (sic) que es perfectamente impugnable por no haberla recibido personalmente el contribuyente
    y por otras dos razones mas.

    Mas bien no te metas en una discusion que es entre dos personas y que se trata de ayudar a un contribuyente o a los que les interese, por que simplemente no estoy cobrando nada ni estoy vendiendo mis servicios.

    mas bien yo creo que tu intencion es andar de metiche y ni siquiera eres abogado, mucho menos fiscalista;
    por que el 100 % de los contadores saben perfectamente lo que estoy comentando.

    Que consejos da Don! trabaja usted para el SAT?
    o le dan comision en Hacienda por aconsejar a la gente que pague multas e impuestos que son anticonstitucionales?

    De perdida Florecita no da semejantes aberraciones de consejos, ella nada mas esta verde todavia… usted es un reverendo… como llamarlo.. mejor interprete mi silencio, por que no tiene ni idea de lo que esta haciendo.

    por abogados como usted, es por lo que la gente los tacha de huevones… por que ni siquiera es para asesorar a favor del contribuyente
    le aseguro que aqui mismo en mi despacho han caido varias multas y casi todas se han impugnado de manera satisfactoria.

  • Sergio Peregrina

    que le pare a mis consejos fiscales??? jajajaja
    A sus ordenes jefeeee!!!

    jajajaja que estupido… este es un foro libre…

  • Sergio Peregrina

    ahh por cierto señor Pp… le cito textualmente lo que usted recita:

    Post 146 Pp Said:

    Sergio Peregrina y Florecita Rockera, ya callense ambos estan mal, señor Sergio Peregrina, parele a sus ayudas fiscales porque en lugar de ayudar va a perjudicar. Yo soy Abogado Fiscalista y la mejor recomendacion que le puedo dar al señor es que se consiga un contador nuevo y vaya a pagar la multa que tiene, por la cual le haran un descuento y tenga mas cuidado para proximas ocaciones

    Ocaciones con C!!! que bruto!!! donde estudio? en el TEc de MTY? yo pense que se escribía ocasiones

    y asi se dice experto fiscalista??? con esa ortografía?

    Felicidades!!!

  • Doc

    Sergio Peregrina, ya wey, qué bueno que eres bien chingón, pero ya párale.

    Una cosa es que expongas tus conocimientos en la materia y otra que te mofes de la gente que no tiene tu nivel.

    Florecita, nomás la estás cajeteando, si no sabes no hables, y échale ganas a tu carrera y cuando puedas, presume TUS méritos, no los de tu apá, o los de los contadores con los que trabajas.

    Chingao..! Esta gente.

    Ah, Sergio Peregrina, y ya que andas tan observador en la ortografía, te faltaron todos los putos acentos. Cabrón!!

  • Sergio Peregrina

    pereme Doc… Pp fue el que empezo…
    el que se rie se lleva…
    no crees?

  • Mauricio

    Esta pinche gente de hacienda que se hace rica a costillas de nosotros los trabajadores. Inventando cuanto impuesto pueden los cabrones. Yo tambien presto mis servicios profesionales, soy Oceanologo y aun asi me hacen pagar el tan mensionado IETU, que no es mas que un invento del ponche panson del Cartens y su bola de webones para hacerse mas ricos los culeros.

  • Sergio Peregrina

    Pues es que se supone que la tirada es desaparecer el ISR y dejar el ietu nada mas… eso entraria el año que entra…
    como a nadie le sale a pagar isr… el sat busca a todoa costa una medida recaudatoria para que se pague el ISR…
    Efectivamente es un robo

    y esperate a que desaparezcan la tenencia…
    a ver con que jalada van a salir

  • SAT

    Ya artaste Peregrina, en varios comentarios te han dicho que eres sabiondo, que te equivocas, que la riegas, que la cagas, y no se que mas, deja de alardear que siempre habra alguien que te chingue, artas guey, te pareces al cabron del Elea que todo lo sabe, sabes que deberias ir a pedir trabajo ahi mismo al SAT ya que a esos gueyes nadie les gana tampoco, hay pura gente como tu que siempre tendra forma de alegar y cansar, por ello la gente prefiere mejor atenerse y ya, por que son iguales que tu de aferrados, ya artas, sabiondo!!

  • SAT

    ademas lea bien el post, el Sr. nunca dice que sea un impuesto del 2008, lo que deben aclararle como ya lo hicieron varias personas es que revise bien el documento, pero esta alardeando de sabiduria sin siquiera haber leido bien el post, de cosas que no vienen al caso.

  • texmex

    chequito perregrina haber tu que sabes todo , en que ahujero tenias el dedo ayer en la noche cuado te levantaste , pa que te acuerdes la mano la tenias cerca de el c.
    es el mismo dedo que te chupas todos los dias .

    pinche gorroso , que culpa tenemos que tu tio chester te haya viloado y ahora te mueras por que todos presten atencion a lo que haces dices y haces . ya sal del closet

  • SAT

    Ya artaste Peregrina, en varios comentarios te han dicho que eres sabiondo, que te equivocas, que la riegas, que la cagas, y no se que mas, deja de alardear que siempre habra alguien que te chingue, artas guey, te pareces al cabron del Elea que todo lo sabe, sabes que deberias ir a pedir trabajo ahi mismo al SAT ya que a esos gueyes nadie les gana tampoco, hay pura gente como tu que siempre tendra forma de alegar y cansar, por ello la gente prefiere mejor atenerse y ya, por que son iguales que tu de aferrados, ya artas, sabiondo!!!!!

  • SAT

    ademas lea bien el post, el Sr. nunca dice que sea un impuesto del 2008, lo que deben aclararle como ya lo hicieron varias personas es que revise bien el documento, pero esta alardeando de sabiduria sin siquiera haber leido bien el post, de cosas que no vienen al caso..

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  • Carlos

    He leido sobre su caso y dejeme decirle que soy un pasante de derecho solo que no soy muy allegado con los medios electronicos y he tratado de aprecibirlo inumerables veces pero yo se como resolverle el caso, llevo 1 año en practica fiscal y es en lo que me especializare en un futuro… usted necesita un recurso de revocacion
    contacteme para hablar acerca de su plantamiento

    elcuatrojos2@hotmail.com

  • Florecita_Rockera

    Esto se hubiera puesto bueno de no ser por la arrogancia de ciertos personajes …

    Como siempre se salió del tema principal, pobre hombre, lo confundimos mas de lo que estaba.

    Yo nada mas le digo que el Vengador ya no le queda nada por hacer mas que pagar su ietu y su multa (aporvecha el descuento), como mencione desde un principio.

    Yo escribi al sr. Peregrina, pero ni siquiera se tomó la molestia de responder.

    Y como no me creyó lo de los amparos, aqui le dejo unas notitas

    http://www.eyboletin.com.mx/eysite2/index.php?option=com_content&task=view&id=756&Itemid=27

    http://noticias.prodigy.msn.com/Landing.aspx?cp-documentid=18888163&wa=wsignin1.0

  • Doc

    Orale, Peregrina, dale en la madre a este Cuatro Ojos que solo tiene un año en práctica fiscal.

    monos, déjese caer, sabemos que se va a dar gusto con éste…

    Jajaja…

    Chingao.. !

  • Pp

    Señor Peregrina, si tuve un error de ortografia, lo cual es lo de menos, estudiè la Lic. en Derecho por parte de la UDLAP, con una especialidad que imparte la misma y una maestria en la UP, (esto es solo para aclarar la parte donde no tengo estudios) y si en efecto trabajo en SHCP por lo mismo le aconsejo que pague su multa para que se evite que le causen cualquier otro menoscabo del cual usted seguramente no està ni enterado, debe de analizar el caso perfectamente antes de dar consejos de impugnaciòn.

    En efecto reitero que tuve un error de ortografia, sin embargo, quiero explicarle algo que es de las primeras clases de derecho ya que usted se jacta de conocedor:

    La palabra “anticonstitucional” como usted menciona en su contestaciòn, no existe, la palabra correcta es “inconstitucional” podemos partir de sus conocimientos en derecho con un simple ejemplo.

    No me voy a meter a discutir con usted, sinceramente no creo que valga la pena, solo le aporte un consejo al señor que lo pidiò , que a mi parecer es el mas prudente.

  • beto

    mi estimado eso q te llego es una muestra de multa
    hay que leer bien
    si te fijas bien podras ver q no trae tu rfc ni demas datos

  • http://www.myspace.com/echoesindistortion Panxorreao

    dice textualmente la noticia:

    1.- En el supuesto de que la sentencia declare la inconstitucionalidad en el juicio de amparo, ésta tendrá efectos generales, es decir que tendrá como efecto la expulsión de la norma del orden jurídico y la cesación de sus efectos a partir de la publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación.

    no nomas protege al quejoso, si no a todos los que pagan impuestos

    2.-En el caso de que la votación de los ministros sea menor a ocho, subsistirá la norma y se considerará que no existen violaciones constitucionales, lo cual tendrá como consecuencia que posteriormente no se puedan promover juicios de amparo en el mismo tema.

    lo mismo que lo anterior, pero en sentido inverso

    3.- “Los juicios de amparo que se promuevan contra leyes en materia fiscal tendrán efectos generales cuando se tramiten de manera colectiva o cuando por su importancia y trascendencia así lo ameriten, en los términos y condiciones que señale la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución”

    es contra LEYES y se tramita esto.. VIA AMPARO EN MATERIA FISCAL, no es contra actos, ni contra resoluciones, ni contra sentencias, y

    esto obviamente es un intento para salvar el IETU por parte de los diputados, habra que esperar a que la camarada de senadores apruebe, y las legislaturas de los estados tambien.

    Contra actos de autoridades fiscales, contra resoluciones fiscales, contra sentencias fiscales seguira siendo procedente el amparo

  • http://www.myspace.com/echoesindistortion Panxorreao

    con lo anteriormente dicho el amparo en materia fiscal no va a desaparecer.

  • Roos

    SABES ES UNA MUESTRA DE MULTA, SI LA CANTIDAD DICE 8,780.00 Y TE DA LA CAUSA Y ALGUNAS FRACCIONES…
    EN LA PARTE DE ARRIBA OSEA EL ENCABEZADO, NO TIENE DOMICILIO RFC RAZON SOCIAL NI CURP.

    ESTO SOLAMENTE ES PARA RECORDAR PRESENTAR SUS DECLARACIONES A TIEMPO.

    ESPERO QUE RESUELVA PRONTO SU DUDA O
    MARQUE AL NUMERO DEL SAT EN DONDE NO LO ATENDERAN RAPIDO
    PERO SI LE DARAN UNA MEJOR EXPLICACION DE QUE SOLO ES UN FORMULARIO DE MUESTRA.

    TRANQUIQUI
    SALU2

  • jajair

    esta rica la primis!!!!!!!!!!

  • Sergio Peregrina

    si si si… ladren ladren… asi me gusta que ladren…
    pero como les dije en el post de arriba… en la pagina de enfrente si damos la cara y no andamos con mariconerias escondiendonos con nicks nuevos… verdad sat? verdad anonimo? seab hombrecitos y no sean nenas maricas lloronas…

    Aburrrr

  • Sergio Peregrina

    ustedes fueron a joder gente a la pagina de enfrente… con esa misma caballerosidad vengo yo a responderles de la misma manera… verdad que harta???
    nenas

    Saludos y buenas noches

  • JL

    PEREGRINA

    Donde es la pagina de enfrente para darle la cara por los que no la dieron por que yo tambien pienso que se equivoca.

  • Florecita_Rockera

    cual pàgina de enfrente???

  • Pp

    mmmm y esa cual es?

  • JL

    Lo sabia PEREGRINA, no quiere decir donde es la pagina de enfrente para darle la cara, apoco ya leyo e investigo bien y se dio cuenta de cuanto la rego.

  • caguamo

    Mira a mi me llego igual una hoja del SAT que decia Multa por incumplimiento de obligaciones fiscales por $8,870, pero checando bien ese papel trae el nombre y domicilio fiscal con asteriscos y al reverso dice mas o menos que: “Para evitar multas como la que se muestra en el reverso por favor realice sus declaraciones mensuales a tiempo”. Yo igual sentí que me daba azúcar pero ya lo chequé y no es mas que una forma de sacarte un susto y cumplas.

  • Florecita_Rockera

    como lo dije antes, esto se prestaba para tener una buena discusion, pero no se pudo.

    e insisto, vengador si esta obligado a pagar ietu (esta era la principal cuestion), y mientras sea terrorismo fiscal o en verdad te haya llegado una multota, mejor regularizate cuanto antes!!!

  • DANIEL

    HOLA AMIGO! NO TE PREOCUPES. A MI ME LLEGO EL MISMO PAPEL. YA HABLE CON MI CONTADOR. SI TE FIJAS BIEN EL PAPEL DICE MUESTRA. ES SOLO UNA INVITACION PARA QUE PRESENTES TUS DECLARACIONES A TIEMPO. COMO QUIEN DICE NADAMAS ES PARA ASUSTAR. LEE BIEN LA CARTA Y VERAS QUE SOLO ES UN EJEMPLO. DONDE DICE DONDE HAY QUE PAGAR Y TODO ESO, NO PONEN TUS DATOS.

  • Secret

    Estas seguro que era una multa? O solo era un simulacro de multa….Al Sat le dio por enviar una muestra de como te van a llegar las multas si no cumples con tus obligaciones..por fuera del sobre si vienen tus datos, pero en el formulario de pago de la multa solo aparecen XXXXX en el nombre, domicilio y rfc…espero sinceramente que solo te haya llegado el simulacro y no la multa.

  • la mera mera

    Mi estimado Sr. mio no pagues nada, primero ve a las oficinas del sat q te corrsponda, averigua si estas dado de alta, si lo estas, busca a un contador para q platiques con el, ya q seguramente haces como todos los contribuyentes, se inscriben y luego andan llorando por q no saben sus obligaciones, recuerda q todos tienen ingresos solo q algunos emiten comprobantes y otros no, asi q investiga tu situacion fiscal, en caso de q kieras contratar a un contador debes de saber q eso tendra un costo adicional asi q te recomiendo q si te toco la mala fortuna de hacer cosas incorrectas es hora de q las corrijas y decidas continuar perdido fiscalmente o asiste a las asesorias, ya q lo q mas m extraña q siendo un profesor no sepas tus obligaciones comerciales y compromisos con el gobierno, asi q por favor estudia un poco mas, ya q de ti dependen q no salgan pendejos q hagan esas leyes como la del ietu, q fue inventada por niños q juegan a la monarkia, tu ganas tu pagas.
    saludos cordiales a todos

  • cristian

    sr porke no te fijas donde dice no valida o informativa es para sacarle sustos a la gente no son multas de verdad XD

  • Satch

    Hola mis estimado foreros tengo una duda Actualmente estoy dado de alta por Arrendamiento casa Habitacion con un ingreso mensual de $2500 y anual de $30,600 Recien acabo de ir a que me efectuaran la actualizacion de mis pagos prov. mensuales ya que en 2008 no presente ninguno y mi sorpresa fue que tengo que pagar el famoso IETU el cual se me hace un verdadero robo a mano armada del marrano ese que esta en hacienda, en total me sale a pagar ya con recargos de isr $100 y de IETU $350 mensuales total $450 y anual poco mas de $5000 mi duda es como hago para no pagar tanto impuesto ya que me estan fregando practicamente dos meses de renta lo cual es un verdadero robo por un ingreso mensual tan pobre.

    Saludos y gracias por sus comentarios y ayuda

  • Contribuyente

    Pues diran lo que quieran, pero el seor Sergio Peregrina ha sido uno DE LOS POCOS que ayudo realmente a los lectores como yo que no sabes ni que pedo. Los demas, principalm,ente los ultimos (Pp, Doc, SAT, etc) solo se mofaron, criticaron, presumieron,no ayudaron y muy seguramente no leyeron todas las respuestas del post (ya que no saben cual es la pagina de enfrente,ja)
    El seor Peregrina sera mamon y presumido pero pss si le sabe. Uds?? mamones presumidos que ni ayudan. Haciendo referencia a un comentario, Gracias xq algunos si tomaron en serio este post y tmbn gracias a estos ultimos por no meter de mas las narices. Y (para todos los mamones) yo tampoco pongo acentos ni puntos ni escribo bien. eso ke? no jodan! Asi ke a dar comentarios que ayuden e informen (sean mamones o no) ya despues platican de que dedo tenian metido en donde!!

  • VICTOR

    PRIMERO TIENES Q CHECAR SI TIENES UN REQUIERIMIENTO
    DEBE DE EXISTIR UN PROCEDIMIENTO DE ACUERDO AL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.
    Y SI NO SE CONTESTA EL REQUERIMIENTO O NO SE PRESENTO LA DECLARACION EN TIEMPO Y FORMA, EL SAT TE ENVIA LA MULTA

    PERO HOY EN DIA ESTA MANDANDO SOLO MUESTRA DE QUE PASARIA SI NO PRESENTARAS LA DECLARACION. ADEMAS DEBES
    SI ESTE MULTA PROCEDE DEBES DE CHECAR CON EL SAT LOS DESCUENTOS QUE OTORGO EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

    ADEMAS,EL ART 1 LIETU. SI ERES SUJETO DE IETU YA Q LAS PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESINAL
    ESTAN SUJETAS DEL IMPUESTO

    OJO CHECA SI NO ES UNA MUESTRA Q NO TIENE VALIDES
    FISCAL

  • jorge

    NO MAMEN CABRONES, FIJENSE, ESE IMPUESTO LO IMPUSO EL SR. PRESIDENTE DEL EMPLEO FELIPE CALDERON, Y LO QUE SON LAS COSAS YO SOLAMENTE VOTE PORQUE EL PROMETIO EN SU CAMPAA ELECTORAL QUE IBA A QUITAR LA TENENCIA QUE ES UN IMPUESTO INJUSTO Y ANTICONSTITUCIONAL Y NO LO HA QUITADO, AH PERO ESO SI, CREA OTRO, Y NI HABLAR DE LA CRISIS Y LA FALTA DE EMPLEO POR ESO, NO SEAN WEYES, SIEMPRE NOS DAN PAN CON LO MISMO, TODOS PERO ABSOLUTAMENTE TODOS LOS PARTIDOS POLITICOS, SON UNOS RATAS, ASI QUE ANULEN SU VOTO, SI
    ANULEN SU VOTO

    ANULEN SU VOTO, PERO VAYAN Y TACHEN TODA LA BOLETA, Y ESCRIBAN ALGO BONITO A SU NOVIA O A LA DE LA CASILLA QUE ESTA RE BUENA PERO HAGANLO, YA ESTUVO BIEN DE QUE SIEMPRE NOS VEN LA CARA. SALUDOS MEXICO

  • MAGGIE

    Era un ejemplo esa carta, no te estaban cobrando nada, todos la recibimos los que pagamos impuestos. Yo tambien me lleve un susto pero luego me aclaró mi contadora que era una carta ejemplo de multa, valgame Dios !!!

    Al estupido que se le ocurrio ese tipo de publicidad metiendo miedo a los contribuyentes con un ejemplo de multa de 7mil no se cuantos pesos, es un chafo mercadotecnista de no se qué universidad de tercera!!!!!!!!

  • Contador profesional

    Ps mira io soy contador de hce ya vaios años y pues leyendo tu situacion lo que podria recomendarte es le digas con toda cortesia “mis keridos recaudaroes de impuestos van y chinguiriminguiri a su madre, con todo el repseto q uds se merecen”

    • http://hotmail francisco

      PRESENTA LAS DECLARACIONES DE IETU CORRESPONIENTES INCLUSO EN CEROS,,,,, ESE REQUERIMIENTO NO PROCEDE EN EL CASO DE NO HABERLO RECIBIDO TU PERSONALMENTE, VE AL SAT A QUE TE AYUDEN, PUEDES CANCELARLO POR EL LADO DE QUE NO SE TE NOTIFICO PERSONALMENTE COMO DEBE SER, ES DECIR EL CODIGO FISCAL FEDERAL DICE O ESTABLECE LA FORMALIDAD PARA EL COBRO DE ESA MULTA . SALUDOS

  • Aidee

    Mi querido profesor

    Soy Contadora y si estas dado de alta con Actividades profesionales, SI tienes obligacion de presentar declaraciones mensuales o provisionales (como se les llama) y declaracion anual de varios impuestos, entre ellos el IETU, asi como presentar mensualmente decalarciones informativas, una de tus opreaciones con Terceros (DIOT) y otra informativa de como calculaste tu IETU, al no presentar alguna de stas, ya sea informativa o de algun impuesto te haces acreedor a una multa, por impuesto por mes, por impuesto no presentado.

    La buena noticia es que si tu presentas todo lo que tengas pendiente aunque sea fuera de fecha,si te llegara un requerimiento o multa por parte del SAT ya no procede porque tu cumpliste cons tus obligaciones en forma extemporanea pero tambien de forma ESPONTANEA, es decir sin que te lo pidieran ellos. Ya cuando te llega algun requerimiento o multa y tu no tienes presentadas las cosas, lamentablemente si proceden y tienes que pagar.

    Lo que debes hacer es: Primero conseguirte un buen contador que te lleve todo al corriente y sea honesto. Segundo presentar todas las declaraciones que tengas pendientes para que estes al corriente de 5 aos a la fecha (que es lo que te puede pedir el SAT). Tercero hacer una cita en le SAT para poder negociar tu multa, ya que no deberia ser por tanto, deberia ser por aprox $900 pesos, primero asesorate con tu contador para que te fundamente lo anterior del monto antes de ir a tu cita y si puede que te acompae a la misma. Y Cuarto pagar lo que tenga que ser y de ahi en adelante estar al pendiente de que tus obligaciones esten al corriente con tu contador.

    Excelente dia y espero te sirva lo anterior.

  • AUGUSTO

    Esto es una maravilla, ojala me digan donde siguen discutiendo asuntos de estos, ya que retroalimentan mi experiencia y amplian mi panorama.
    Felicito a los que saben y los que no saben por que de esta cultura se aprende. Nadie nace sabiendo ni nunca se deja de aprender.

  • http://www.formex.com cablon

    A todos los contadorsitos
    ja ja
    se les va a acabar su pinche cochinito ya que ahora es mas facil hacer declaraciones con las herramientas del sat.

    los contas se creen dioses, pero se les va a apestar el fundillo ya que cada vez las cosas son mas faciles, y amigos no se espanten mientras no tengan requerimientos, apurense a ponerse al tanto de sus broncas, y si es posible lean lo mas que puedan para que tengan el sarten por el mando
    saludos y a los contas coman caca mucha caca.

    • Mr_jacker

      JAJA, SIEMPRE HAY GENTE QUE CRE QUE SE LAS SABE DE TODAS TODAS, COMO HAY IGNORANTES QUE LUEGO INDUCEN A GENTE MAS IGNORANTES A COMETER PENDEJADAS, CREO QUE CADA PROFESIONAL MERECE RESPETO Y QUE NO POR HABER MEJORES SISTEMAS SE ACABA LA CHAMBA, CONSIDERO QUE PARA HACER HAY QUE SABER, SI TU ERES DE LOS QUE SEGUN SABES HACER PRIMERO HAY QUE SABER COMPADRE. SIN OFENSAS PRIMERO VE A LA ESCUELA Y LUEGO OPINAS.

    • http://pulse.yahoo.com/_WHVWNPIPR4Y3XZTDFDYWH6DUOY FLOR

      Mire usted indiorante cablon primero que nada como dice mr jacker debes de tener respeto a todas las profesiones que por un lado gracias a ellas todos vivimos y comemos de eso, en el caso que dices que gracias al sat muchos contadores se quedaran sin chamba pues que mal que pienses asi, parece que tu si estas de acuerdo que el gobierno te quite mas dinero a ti y tu familia, parece que mejor prefieres alimentar mas al gobierno que a gente que es profesionista independiente que tiene hijos que mantener, NO VES  IDIOTA QUE EL GOBIERNO ES EL QUE TE ROBA Y TU AHI AUN LO DEFIENDES DANDOLE TU MUGRE DINERO. POR ESO MEXICO ESTA COMO ESTA POR TENER PENDEJOS QUE PIENSEN ASI COMO TU.