Como todos ustedes saben, ayer la Primera Sala de nuestra tremenda corte concedió el amparo a Josefina Ricaño Bandala, Armando Santacruz González, José Pablo Girault Ruíz, Juan Francisco Torres Landa Ruffo, quienes demandaron el amparo de la Justicia Federal por su propio derecho y en representación de Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante, Asociación Civil.
Pero ¿Qué significa esto? De momento no ha sido publicada la sentencia, ya que fue en sesión privada que se discutió el tema, sin embargo dicha sentencia sería el mismo proyecto del Ministro Lelo que aquí publicamos la cual solo sufriría las modificaciones y/o adhesiones que la mayoría de los ministros sugieran.
Cuatro de los ministros votaron a favor del proyecto y uno en contra, sin embargo el ministro Pardo Rebolledo que voto en contra del proyecto aclaró que lo hizo no porque no comparta el criterio, sino por otras razones (aparentemente porque no aclaran de donde sacaran las semillas de mota para comenzar su cultivo). Es decir, en lo general, la mayoría, sino los cinco, ministros que integran la Primera Sala de la SCJN, consideran que el estado se excede en su “preocupación” por conservar la salud de sus gobernados, lo que violenta el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad.
¿Las consecuencias? Rola en la red este gráfico en el que aclara que por el momento solo favorece a las cuatro personas que se ampararon, esto es parcialmente cierto porque efectivamente el amparo solo protege a las personas que lo promueven, sin embargo, el autor del gráfico paso por alto que las cuatro personas no solo acudieron por su propio derecho sino también en representación de la persona moral llamada Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante, Asociación Civil, luego, también esta persona moral fue amparada.
Bien, como este es un post teórico práctico, ya puestos en contexto, se preguntarán que pueden hacer si quieren salir de la oscura clandestinidad y poder gozar del derecho humano al libre desarrollo de la personalidad que incluye su derecho a sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar mota, con fines lucidos o médicos.
El primer paso es crear un asociación civil sin fines de lucro, solicitar a la COFEPRIS el permiso para la importación de semillas de marihuana (para que el ministro Pardo este contento), así como permiso para sembrar cultivar, etc.
El segundo paso es esperar la respuesta de la COFEPRIS, que sin duda será negativa.
El Tercer Paso promover la demanda de amparo indirecto en contra de dicha negativa, lo único que tienen que hacer es fusilarse vilmente los argumentos del Ministro Lelo al formularla.